-Los Q’ de la presentación de libros contables-
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¿Qué son?
Son todos aquellos documentos donde se plasma la información financiera y económica de una sociedad. Está compuesto por las operaciones que se realizan durante un periodo de tiempo determinado coincidiendo con el ejercicio contable.
Los libros contables pueden ser de carácter obligatorio o voluntario.
Obligatorios:
- Libro Diario: Es en el cual se registran todas las operaciones diarias que surgen en la empresa. Están ordenados de forma cronológica.
- Libro de inventario: Es en el cual se incluyen varios balances, el de sumas y saldos de los balances de comprobación y el inventario de existencias.
- Cuentas anuales: Es el cual refleja la información económica-financiera, están incluidos balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria.
Voluntarios:
- Libro mayor: Es en el cual se registran, de forma resumida, los valores por cuentas. Partiendo de saldos del periodo anterior, se muestran los valores del movimiento de débito y crédito del periodo respectivo.
- Libros auxiliares: Son libros que sirven o son útiles para el funcionamiento interno de la empresa, aunque el legislador no estable que se deban de depositar o legalizar.
¿Quién presenta los libros?
Las personas jurídicas y sociedades mercantiles.
¿Cuándo se presentan los libros?
Los libros contables obligatorios se deben de presentar en el plazo de 4 meses contados desde el cierre del ejercicio contable.
¿Por qué se presentan los libros?
El fin de legalizar o presentar los libros contables es el de que no haya manera posible de su manipulación posteriormente.
¿Cómo se presentan los libros?
La forma más rápida de presentarlos es por vía telemática a través de la web del Colegio de Registradores (hay que abonarse como usuario a la página web) y disponiendo de firma electrónica.
Primeramente, se deben de generar todos los libros contables y balances que se van a presentar de la aplicación que se utilice para llevar la contabilidad de la sociedad. Una vez que tengamos estos documentos se deberán de legalizar con el programa” Legalia” (se puede descargar desde el portal de registradores). Esta aplicación creará un archivo con toda la documentación y datos y una instancia de presentación al Registro.
Cuando se acaba de generar el archivo y la instancia, a través de la opción enviar, la aplicación procede a su envío telemático a través del portal de Registradores.org junto con los ficheros adjuntos.
Una vez que estemos en la página de Registradores, y se haya añadido correctamente el archivo que se haya generado en Legalia, se debe de rellenar el documento necesario acabar con su presentación.
Cuando esté todo listo, se firma y se envía.
Todos los manuales para su presentación se pueden encontrar en la misma página que los presentaremos (Registradores.org).
Si tenéis alguna consulta con este tema, no dudéis en trasladárnoslas a través de nuestras redes sociales, teléfono o usando el botón de contacto.
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