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Normativa sobre protección de datos y empresa. ¿Qué debo saber?

En nuestros días, hay pocas personas que desconozcan que existe una normativa que regula el derecho fundamental a la protección de los datos personales.  

Los datos de cada persona y su privacidad, constituyen una derivada del derecho fundamental a la privacidad de las personas.

Generalmente, la mayoría de empresas no presta atención a este asunto, por cuanto en la mayoría de casos, lo consideran como un impuesto o gasto innecesario más, y se dirigen a la empresa más barata, sin darse cuenta de que asumen un riesgo tan o más importante que el derivada de la prevención de los riesgos laborales.

Hoy día, todas las empresas gestionan datos, y la gran mayoría los gestionan de una forma automatizada. Y la gran mayoría, lo hacen incumpliendo la normativa establecida.

En mi opinión, no es tan necesario contratar a una empresa externa, sino aplicar el sentido común a la gestión de los datos personales, y además, conocer las obligaciones que también impone la ley y que no son tan de sentido común. Como regla general, para poder utilizar y disponer de un dato de una persona, se deberá tener su autorización.

Por esta razón, lo mejor es que cuando se tome contacto con ella, se le haga firmar un documento por el cual conozca que haremos con esos datos, cuánto tiempo los tendremos, y donde puede ejercer los derechos que le impone la ley. Esto se hará incluyendo una cláusula de protección de datos, de las que propone la propia web de la Agencia Española de Protección de Datos.

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En relación al uso de los datos, como regla general recomiendo, que no se moleste al titular de los datos. 

Es de sentido común, que si alguien te entrega algo que le pertenece y que es preciado, que no le respondas, molestándolo o haciendo un uso indebido. Eso es lo que hay que hacer. Y si en algún momento, deja de querer que tengas sus datos, pues es de sentido común que se los devuelvas y dejes de tenerlo y usarlo.

De igual forma, la normativa exige otro tipo de obligaciones de carácter organizativo y formal, para lo que sí es recomendable utilizar una de las diversas empresas que prestan este servicio o, formar a algún miembro de la organización en la protección de datos.

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          Para cualquier duda, no dudéis en contactar.

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