Uno de los principales tipos de empresas que se crean son las sociedades limitadas, dadas sus características, son las más fáciles de constituir, pero requieren tener en cuenta una serie de aspectos al inicio de su trámite:
- Obtención del número de Identificación fiscal (NIF Provisional)
Durante la constitución de la actividad se deberá de solicitar a través del modelo 036 (Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores), que encontrará en la página web de la Agencia Tributaria.
El NIF es el código por el cual se identifican a las personas jurídicas a efectos fiscales.
- Obtención del número de Identificación fiscal (NIF definitivo)
Cuando se solicita el número fiscal, la Agencia Tributaria atribuye un NIF provisional que pasará a ser el número fiscal definitivo una vez se aporte una serie de documentación. La documentación tiene un plazo de un mes para poder ser aportada. La asignación se hará cuando se aporte lo siguiente:
- Copia de la escritura o documento fehaciente de su constitución.
- Copia de los estatutos sociales o equivalente
- Certificación de su inscripción en el R.M.
- Declaración censal de comienzo de actividad.
Siempre que se constituye una sociedad se debe presentar en la Agencia Tributaria la declaración de comienzo de actividad para notificar a esta el inicio de la actividad económica. Se requiere para ello presentar el modelo 036 (Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores) que se encuentra en la página web de la Agencia Tributaria.
- Declaraciones fiscales a presentar
Tener en cuenta que en el mismo modelo 036 (Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores) se solicita el alta de las diferentes declaraciones fiscales, que según el modelo de actividad económica, se necesitará presentar.
Las más comunes son:
- IVA (Mod. 303 – Declaración fiscal de IVA)
- Impuesto sobre sociedades (Mod. 200 / Mod. 202 Pagos fraccionados)
- Retenciones (Mod. 111/115/123)
- Impuestos sobre actividades económicas (Mod. 840/848) (Grandes empresas)
- Declaraciones anuales a presentar
Muchas de las declaraciones fiscales que se presenten durante el año, ya sean mensuales o trimestrales, se deberá presentar un resumen anual durante el siguiente ejercicio.
Ej. Modelo 303 (IVA) presentado trimestralmente – Modelo 390 (IVA) presentado anualmente como resumen de los 4 modelos de IVA.
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