En relación a las retenciones que se aplican entre profesionales o a trabajadores hacemos un resumen de los aspectos más importantes a tener en cuenta:
Las retenciones son un mecanismo fiscal por el cual el pagador debe descontarse un porcentaje del importe total de la factura de compra por servicios profesionales, nóminas en caso de trabajadores u otras operaciones que la normativa fiscal contemple. El pagador es el obligado a aplicarse este mecanismo e ingresarlo en la Agencia Tributaria, a final de cada trimestre natural, en nombre del profesional. En el caso de una nómina, el mismo pagador, en nombre del trabajador, ingresará esa cantidad, también en la Agencia Tributaria, a final de cada trimestre natural.
Económicamente una retención es un importe neutro, dado que el pagador paga el importe total de la factura y el vendedor o trabajador cobra el importe total de la factura o nómina, con la salvedad, que una parte se le paga directamente y otra la cobra desde la Agencia Tributaria a través de la declaración de la renta de las personas físicas, en el caso de nóminas, y en la declaración del impuesto de sociedades, en el caso de sociedades o autónomos.
Las retenciones se practicarán a todos lo que realicen alguna actividad económica y que en el ejercicio hayan comprado o contratado un servicio y a los trabajadores de las mismas, si precisan. Para practicar la retención, se realizará en la misma factura, en la nómina o en algunos casos en los recibos de liquidación como puede ser de dividendos o préstamos.
Los porcentajes de retención para las facturas según a quien aplicar serán los siguientes:
**Los autónomos que se encuentren dados de alta en actividades empresariales (incluidas en la sección primera del Impuesto de Actividades Económicas) no deben de practicar retenciones en sus facturas.
Para declarar las retenciones se deberán de realizar a través de los siguientes modelos de forma trimestral y de forma anual.:
Y por último, tras la presentación de los resúmenes anuales se suele emitir y enviar certificado para cada uno de los trabajadores o profesionales a los que se les ha retenido durante el ejercicio natural haciendo constar las cantidades declaradas en el resumen.
Teniendo en cuenta la complejidad de esta cuestión, lo mejor es contar con un profesional que nos asesore, ya que una declaración mal ejecutada puede llevarnos a una situación desagradable con la Agencia Tributaria.
Esperamos que este artículo os haya sido de interés. Contacta con nosotros si necesitas asesoramiento para tomar una decisión tan importante como esta, no dudaremos en ayudarte.